Omisiones Legislativas y Gastos de Comunicación Social

El día de ayer, a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le tocó resolver sobre un asunto de gran interés y de gran trascendencia para nuestro país tanto por su contenido, porque se refiere a la regulación del gasto en comunicación social de los gobiernos, como por el fondo del asunto, que implica el reconocimiento de la procedencia del juicio de amparo ante omisiones legislativas. Me refiero al amparo promovido por la asociación civil Artículo 19 contra la omisión del Congreso de la Unión de expedir la Ley Reglamentaria de párrafo octavo del artículo 134 constitucional, de acuerdo a lo establecido en el artículo Tercero transitorio de la reforma político-electoral de 2014.

Para mí fue una grata sorpresa conocer y leer el proyecto del ministro ponente Arturo Saldívar, y su resolución, en donde reconoce la procedencia del juicio de amparo indirecto ante omisiones legislativas absolutas cuando existe obligación constitucional; considera que esta omisión legislativa constituye una violación a la libertad de expresión, otorga el amparo al promovente y establece la obligación del Congreso de expedir la Ley reglamentaria del párrafo octavo del artículo 134, antes del 30 de abril de 2018. Vaya cambios que esto implica y vaya problemas que se avecinan. Mayor sorpresa fue que la Sala haya aprobado este proyecto, con todas las implicaciones que conlleva. Pero qué bueno para el Estado de Derecho en México.

Por primera vez se está reconociendo que el trabajo legislativo no puede estar exento del respeto a los derechos constitucionales, y que el derecho parlamentario no es un estado de excepción y privilegios sobre el cual no existe jurisdicción alguna.

Por supuesto que esta resolución también tendrá un impacto sobre la práctica común a la hora de legislar, de aprobar leyes imperfectas que establecen obligaciones pero no sanciones, por lo que su incumplimiento o su postergación no implica ninguna consecuencia legal. Ahora por la vía del amparo indirecto sí habrá consecuencias para el legislativo.

Debo confesar que hasta el último momento tuve serias dudas de que el proyecto del ministro Saldívar fuera aprobado, y no porque no lo considerara pertinente y totalmente apegado a derecho, sino que precisamente por las virtudes que muestra, podría verse como peligroso.

A muchos les preocupan los alcances de una resolución de este tipo; para algunos representa una intervención directa del Poder Judicial en el Poder Legislativo, otros más querrán hacer valer la autonomía del legislativo y de su derecho parlamentario. También surge la pregunta de qué pasaría si el Congreso no cumple con la resolución de la Corte ¿cesarían a todos los legisladores como pasó con el Delegado de Venustiano Carranza?, o ¿la Suprema Corte haría uso de algunas disposiciones legales para establecer lineamientos en la materia mientras el Congreso expide la Ley respectiva? Eso ya se verá sobre la marcha.

Y estamos ante un solo caso de los muchos que hay de omisión legislativa absoluta; lloverán los amparos.

De cualquier forma, estamos en un callejón sin salida, si se ponen límites a la irresponsabilidad legislativa, estaríamos abriendo la puerta a la judicialización de muchos procesos, si por el contrario, se mantiene el status quo nos estaríamos resignando a la irresponsabilidad legislativa y a ser rehenes de los intereses de los partidos políticos. Habrá quien crea que sería “peor el remedio que la enfermedad”.

En un país en donde más que separación de poderes tenemos cotos de poderes, ya sabemos qué esperar.

Yo considero que es importante sentar precedentes y dar pasos que consoliden a México como un país de leyes. Ya es hora de perder los miedos y de eliminar privilegios sean de quienes sean. La separación de poderes sólo podrá concretarse cuando se dé un verdadero equilibrio entre ellos, que establezca pesos y contrapesos, y que se base en el respeto a las competencias y a la colaboración.

Esta resolución sentará un precedente fundamental para nuestro país, sobre las acciones del legislativo, o las omisiones en este caso, que hasta hoy parecían incuestionables e intocables por el poder judicial o cualquier otro ente público. Esto implica una transformación completa en el derecho procesal mexicano, particularmente en el juicio de amparo, al otorgar procedencia ante omisiones legislativas.

Lo irónico del asunto es que esta omisión forma parte de la tan citada reforma político-electoral de 2014, que se ha convertido junto con sus transitorios, en la mejor muestra de las promesas legislativas incumplidas y de que los intereses partidistas prevalecen sobre los intereses de la nación. De aquí derivan la ausencia de una Fiscalía General autónoma constitucional y su titular, la falta de un Fiscal Anticorrupción, entre otras cosas.

Pero aún lo más irónico es que está reforma de 2014, no modificó en modo alguno el artículo 134 constitucional, pero sí estableció un artículo Tercero transitorio que señala la obligación del Congreso de expedir la Ley Reglamentaria de su párrafo octavo (que había sido creado en 2007), antes del 30 de abril de 2014. Suena como una forma extraña de legislar.

Esta Ley reglamentaria es muy importante, porque como lo he señalado en anteriores artículos, el crecimiento del gasto en comunicación social de todos los gobiernos, ha sido exorbitante y supera en mucho a lo presupuestado para el ramo anualmente. En la presente administración el gasto en comunicación social supera los 36 mil millones de pesos, pero esto no es nuevo, así ha sido a lo largo de todos los últimos gobiernos en el país. Esto no puede continuar así, es hora de frenar la promoción de gobiernos a través del gasto en comunicación social y emplear estos recursos en la atención de necesidades sociales. Por eso es importante que el Congreso expida esta Ley que ponga freno y límites al gasto en comunicación social.

Pero insisto, lo más importante del proyecto del ministro Saldívar y su aprobación es que pone la atención sobre un tema que nadie había querido tocar y que no es otra cosa que la falta de controles a la labor legislativa y que en este asunto se expresa en omisiones legislativas absolutas. Para mí cuando no hay forma de cuestionar y corregir un trabajo, se trata de impunidad y no de otra cosa. Ya es tiempo que en México nos decidamos a caminar siempre por la vía de la ley.

 

¡Muchas gracias y sean felices!

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