Equipo de Transición en la Ley

Mucho se habla de los equipos de transición en el cambio de gobierno federal, de quiénes los integran, de qué hacen o harán y de otras muchas cosas más, pero de lo que poco se sabe o poco se habla es del marco legal que regula la existencia y operación de los equipos de transición de gobierno y, hasta hace muy poco tiempo, del costo que representa para el erario público.

En México lo relativo al equipo de transición y a los recursos de que puede disponer están normados en el segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en el artículo 63 A de esta Ley y en los artículos 16 y 17 de los Lineamientos Generales para la Regulación de los Procesos de Entrega-Recepción y Rendición de Cuentas de la Administración Pública Federal, entre otras disposiciones. Pero esta reglamentación es relativamente reciente en nuestro país.

El segundo párrafo del artículo 43 de la Ley señala claramente: “Para realizar las actividades a que se refiere este artículo [Ley de ingresos y presupuesto de egresos] y la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, se podrán aprobar recursos en el correspondiente Presupuesto de Egresos para cubrir los gastos de un equipo de asesores que apoye los trabajos del Presidente Electo, estableciendo para tal efecto un Fondo específico que estará sujeto a las normas de ejercicio y fiscalización de los recursos federales que correspondan…”

Lo que no puedo dejar de comentar es que me sorprendió la redacción del primer párrafo de este artículo 43, en donde da a entender que en el último año de encargo los proyectos de Presupuesto de Egresos y de Ley de Ingresos, no sólo incluirá recomendaciones del Presidente electo, sino que serán presentados por éste a la Cámara de Diputados, lo cual contraviene lo establecido en nuestra Constitución Política que señala claramente que es el Presidente en funciones quien debe presentar estos proyectos. Estoy convencido que es un error de redacción que es necesario revisar para evitar malas interpretaciones.

El artículo 63 A del reglamento de la Ley, señala en su segundo y tercer párrafos, que el mecanismo presupuestario debe considerar las características, temporalidad y naturaleza de las erogaciones y que los recursos deberán ser utilizados en temas relacionados con la elaboración y presentación de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, programas gubernamentales, seguridad pública y nacional y trabajos de enlace con la administración saliente, fundamentalmente.

El 28 de junio, la Secretaría de Hacienda firmo con Banjercito el contrato del fideicomiso público del fondo de transición por un monto de 150 millones de pesos, que fueron los autorizados por la Cámara de Diputados.

Lo que debo señalar es que en realidad pocos países del mundo destinan recursos para pagar un equipo de transición cuando existe cambio de gobierno. Esto en buena medida se debe a que regularmente existe un periodo muy corto entre la elección de un nuevo gobernante y el inicio de su gestión, y a que muchos no consideran la necesidad de pagar a un cuerpo que revise la entrega de la administración saliente, cuando se supone que esta entrega se hace de manera transparente y con total apego a la ley.

En el caso de México, hasta esta ocasión, hay 5 meses de distancia entre el día de la elección y la fecha en que rinde protesta el nuevo Presidente. Este largo período de transición, probablemente el mayor que existe en el mundo, (Francia 10 días, España, Argentina y Colombia mes y medio; Estados Unidos 2 meses y medio, Costa Rica y Uruguay tres meses, entre otros), genera que se abra un espacio prácticamente de “doble gobierno”, en donde existe una administración en funciones, legalmente responsable, y una administración electa, que empieza a mostrar sus proyectos y programas. Esto se ha mostrado, como nunca antes en la historia del país, en este proceso de transición que vivimos en México

De igual forma, este largo periodo de transición se ha convertido en la justificación para usar recursos públicos para el pago de asesores del gobierno electo en la realización de algunas tareas, como su participación en el nuevo proyecto de presupuesto de egresos y ley de ingresos. Este uso de recursos públicos es justificado por aquellos que piensan que permiten un mejor tránsito hacia el nuevo gobierno y una participación más activa de este grupo en una serie de decisiones que se tienen que tomar en el corto plazo. Por otro lado, hay quienes consideran que no se deben usar recursos públicos para pagar a personas que no forman parte del servicio público y que aún no tienen responsabilidad legal el diseño y operación de políticas públicas. Ahora sí que todo depende “del cristal con que se mire”. El Presidente electo Andrés Manuel López Obrador, ha manifestado su intención de no hacer uso de este fondo de transición, en aras de impulsar la austeridad del sector público.

De hecho, a través de la historia de los cambios de gobierno en nuestro país, se han hecho fuertes críticas al uso de los recursos en los procesos de transición de gobierno, que durante mucho tiempo fueron absolutamente discrecionales y no requirieron de la aprobación de la Cámara de Diputados para su uso.

También se han criticado los montos excesivos autorizados para este proceso (que no necesariamente se han usado), que convierten a México en el país que más dinero público destina a la transición en el mundo, aún por encima de los Estados Unidos.

En el año 2000, cuando Vicente Fox ganó las elecciones, de manera discrecional se le otorgaron alrededor de 70 millones de pesos, sin que estuvieran presupuestados, de los cuales 20 millones de pesos fueron a parar a una cuenta personal de Fox, en un banco privado.

Con Felipe Calderón continuó la discrecionalidad y se pusieron a su disposición 150 millones de pesos, que podía gastar a discreción, ahí también se incluyeron cerca de 20 millones de pesos para el Estado Mayor Presidencial, encargado de cuidar al Presidente. El Presidente electo no está tan equivocado en pensar que el Estado Mayor Presidencial, es una expresión clara de privilegios y de gastos excesivos sin justificación.

Las demandas de transparencia de la población obligaron a que finalmente estos gastos de transición se regularan y se transparentaran en la mayoría de lo posible y ya con el actual Presidente se contó con una ley y un reglamento que incluía la aprobación por la Cámara de Diputados, en el Presupuesto de Egresos, del monto autorizado por este rubro.

Enrique Peña Nieto tuvo a su disposición 150 millones de pesos, pero sólo utilizó 20 millones, sin embargo fue cuestionado el uso de más de 43 millones de pesos de este fondo por parte del Estado Mayor Presidencial, para gastos no justificados.

Sinceramente espero que el Presidente electo, no haga uso de estos recursos, o haga un uso mínimo de ellos, en congruencia con su compromiso de austeridad, y para romper con una inercia de entregar recursos sin control a los ganadores electorales. México requiere de mayor transparencia, de un uso racional de los recursos limitados con los que contamos y de recuperar la credibilidad en sus gobiernos y en quienes lo integran. Más allá de que la ley prevea la disposición de estos fondos por el equipo de transición, debe estar el compromiso con construir un México sin excesos y con verdadera vocación social.

Muchas gracias y sean felices!

cardenasfonseca@hotmail.com

www.manuelcardenasfonseca.mx

@m_cardenasf

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